Rechazo a las declaraciones de Gonzalo Brutti

17 de Febrero de 2022

La contaminación con agrotóxicos es el fondo de la cuestión

Después de largos meses de reclamos ante las autoridades municipales y ninguna respuesta positiva por la contaminación con agrotóxicos que sufren, los vecinos del barrio Los Pioneros de Campana, agrupados en Pioneros por el Agua, realizaron la semana pasada una acción de divulgación casi artesanal. Pegaron un puñado de pequeños carteles en la zona de la plaza central de Campana. 

Esto fue cuestionado por Gonzalo Brutti, presidente del Concejo Deliberante en declaraciones a los medios locales. Los acusó de “vandalizar el espacio público “.

Rechazamos los cuestionamientos formales de Gonzalo Brutti, el fondo de la cuestión es la inacción municipal, a esta altura casi una complicidad con los fumigadores/envenenadores del ambiente y de nuestros cuerpos.

 Los que vandalizan el ambiente de Campana no son cuestionados por Brutti, mientras que los vecinos que denuncian la contaminación con agrotóxicos son expuestos como “vándalos “por este mismo funcionario.

Sin embargo, Brutti no emitió ninguna crítica hacia la agresiva vandalización del ambiente que diariamente realizan grandes empresas industriales asentadas en Campana, que contaminan el aire, el agua y la tierra de la ciudad.

Tampoco deslizo ningún comentario sobre las fumigaciones con agrotóxicos que regularmente realizan productores agropecuarios de la zona en abierta violación a la ordenanza municipal que establece que solo se podrá realizar esta actividad a 1000 m de áreas pobladas.

Los colectivos ambientalistas y vecinales abajo firmantes nos solidarizamos con nuestra organización hermana, Pioneros por el Agua en rechazo a las declaraciones de Brutti.

*Solicitamos a Gonzalo Brutti un debate público sobre el fondo de la cuestión: la contaminación con agrotóxicos que sufren vecinos de nuestra ciudad.

*Exijimos de la Municipalidad de Campana y de los productores rurales el cumplimiento irrestricto de la Ordenanza Municipal Nro. 5792/11 sancionada en el año 2011, que en su artículo 14 ,  dispone que :

“Se prohíbe la aplicación de productos agroquímicos y/o plaguicidas definidos en el Art. 2 inciso 1 en las zonas de resguardo ambiental definidas en el Artículo 3 de la presente Ordenanza. Las aplicaciones terrestres de productos agroquímicos y/o plaguicidas realizadas con equipos autopropulsados y/o de arrastre deben efectuarse a partir de los mil metros (1000) del perímetro de las zonas de resguardo ambiental definidas en los incisos a, b, c, d, y e del artículo 3 de la presente Ordenanza “

 

Pioneros por el Agua

Red del Rio Lujan

ASAC –Asamblea Socio Ambiental Campana

Exaltación Salud, grupo vecinal contra los agrotóxicos y la soberanía alimentaria.

Exaltación de la Cruz

Vecinos del Humedal

Eco Campana

 


Gracias por tu interés en breve te estaremos llamando!

¿Estás interesado en anunciar en CorreLaVoz.net?

Déjanos tus datos y un responsable del área comercial te estará contactando a la brevedad!
Completa tu Nombre!
Completa tu Numero de telefono!
Completa tu Email!

Estamos en Facebook danos un me gusta!