Actualidad

15 de Diciembre de 2023

El Colegio de Abogados de Zárate-Campana solicita resolver las dificultades que padece el fuero laboral

En una carta que cuenta con la firma del presidente de la institución Marcelo Fioranelli, el Colegio expresó su preocupación por diversas dificultades que padece el fuero laboral, las cuales llegando al cierre del año 2023 no se han podido resolver; ausencia de peritos, extensas demoras en la resolución de causas que recaen en los tribunales de trabajo y falta de vacantes claves.

El Departamento Judicial de Zárate-Campana sufre una serie de problemas que no se han podido resolver durante todo el año. Con motivo de esta situación, el pasado 17 de noviembre, el Colegio de Abogado expresó su preocupación enviándole una carta a la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires. Pasaron casi dos meses y no hay respuestas.

 

Campana, 17 de Noviembre de 2023

SUBSECRETARIA DE CONTROL DE GESTION 

SCG 43/23 DRA KOGAN HILDA

 

Tengo el agrado de dirigirnos a usted en mi carácter presidente del Colegio Abogados de Zárate Campana, para compartirle las inquietudes, sugerencias y observaciones sobre el funcionamiento del fuero laboral y los organismos del Departamento Judicial de Zárate-Campana. A continuación, detallo con mayor amplitud las preocupaciones expresadas por los matriculados: 

 

Peritos Médicos

Durante la mayor parte de 2023, la única persona encargada de llevar a cabo pericias médicas fue el Dr. Osvaldo Gentilini. Sin embargo, la situación actual indica que, en caso de ser sorteado, el Dr. Gentilini está programando fechas de revisación médica para mediados de 2025 lo que implica la paralización del expediente por más de un año y medio. 

Aunque se ha procedido a la inscripción de cuatro (4) nuevos peritos médicos para el año 2024, preocupa el hecho de que todos ellos superan los 70 años de edad. 

Estos profesionales, al turnarse en la solicitud de licencias, están fijando la mayoría de las revisaciones médicas para el año 2025. Cabe destacar la rigurosidad del Colegio Médico Distrito V en cuanto a los requisitos de inscripción, incluso rechazando a peritos que cumplían con los criterios para integrar el listado de 2024. 

 

Audiencias de Vista de Causa

En los tres tribunales de trabajo de nuestro departamento judicial, se ha identificado una demora considerable de un año y seis meses desde la conclusión de las pruebas, sumado a la demora en las revisaciones médicas genera una gran paralización de los expedientes en trámite.

Este período prolongado de espera resulta perjudicial para los expedientes y las partes involucradas. Se ha elevado nota a los Tribunales para que implementen todas las medidas necesarias con el fin de evitar la paralización de los casos durante tanto tiempo, garantizando así una justicia más ágil y eficiente. 

 

Tribunal de Trabajo Nro. 3 de Campana

La falta de personal en el Tribunal de Trabajo 3 es una preocupación muy seria. La existencia de dos juezas enjuiciadas desde 2019 ha tenido como consecuencia la suspensión de vistas de causas, generando una significativa demora en la emisión de despachos, que actualmente se producen cada cuatro meses. Este escenario impacta negativamente en la celeridad y eficacia de los procesos judiciales en este tribunal. 

Es imperativa la necesidad de mayor personal y la resolución de las dos juezas que se encuentran enjuiciadas para cubrir de forma inmediata las vacantes y evitar las subrogaciones y suspensiones de las vistas de causas.

Es de conocimiento que únicamente se están tomando dos (2) audiencias de vistas de causas por semana y todas las demás son suspendidas por falta de integración, lo cual resulta muy perjudicial y frustrante tanto para la matrícula como para las partes que llevan los testigos a las audiencias esperando dicho acontecimiento durante más de un año y medio y luego son suspendidas.

Aparte de estas cuestiones, hay sugerencias respecto de lo estrictamente procesal que ralentizan el funcionamiento del Tribunal como por ejemplo la ratificación por videollamada de los actores en los acuerdos realizados por la matrícula como apoderados lo que implica una demora para coordinar la videollamada y luego el pase a homologación hasta el oportuno giro. Con el contexto inflacionario se pierde mucho poder adquisitivo entre el acuerdo, la ratificación, posterior homologación y por último los giros. Es menester recalcar que en los restantes tribunales no se solicita la ratificación cuando se actúa como apoderado.

También se ha observado en expedientes la apertura prueba anticipada con la interposición de demanda sin que hubiera contestación de demanda, es decir sin que esté trabada la litis, lo que lógicamente genera la vulneración del derecho de defensa del demandado. Prueba anticipada como pericias médicas y psicológicas. A su vez, las ejecuciones de sentencias el Tribunal adopto que deben realizarse por incidente, demorando en el inicio de un nuevo expediente cuando pudiera hacerse en el principal. 

Es sugerencia por parte de la matrícula departamental que el Tribunal 3 no sea sorteado por algún tiempo determinado en el inicio de nuevas causas, lo que sin perjuicio del análisis que se realice con el presente informe, es menester reiterar, como ya fuera peticionado, la inmediata necesidad de resolución del juicio de enjuiciamiento para evitar las suspensiones de las vistas de causas y ampliar de forma urgente el personal disponible. 

 

Tribunal de Trabajo Nro. 1 de Campana

Durante el año 2023, se observó un aumento sustancial en la demora de los despachos en el Tribunal de Trabajo 1. Se destaca la necesidad imperante de cubrir una vacante de Juez en este tribunal para optimizar los tiempos de resolución de los casos y garantizar una administración de justicia más expedita. 

 

Tribunal de Trabajo Escobar

En virtud de lo destacado en los anteriores puntos es crucial destacar la urgencia de la inmediata implementación de puesta en funcionamiento del Tribunal de Trabajo de Escobar.

 

Tasa Pasiva en los Despidos

La aplicación de la tasa pasiva en los despidos resulta estar totalmente alejada de la realidad económica. Mediante la aplicación de dicha tasa (y más si no se realiza una indexación) se premia al moroso con la tasa más baja, se impulsa a los empleadores para que adopten una actitud especulativa como es dejar de pagar al trabajador y dar otro destino a ese dinero. 

A su vez, la tasa pasiva vulnera el derecho de propiedad (art. 17 CN) y el derecho a una remuneración justa (art. 14 bis CN). 

Es por ello que creemos se debe rever la necesidad de conservar el poder adquisitivo del crédito de los trabajadores, y resguardarlo de la inflación que existe en nuestro país. 

Agradezco la atención prestada a estas cuestiones y confío en que se tomarán las medidas necesarias para abordar las inquietudes planteadas, mejorando así el funcionamiento integral del fuero laboral en el Departamento Judicial de Zárate- Campana. 

Quedo a su disposición para proporcionar información adicional o participar en futuros diálogos sobre estos temas. 

 

                                                                                                                                                                           Marcelo Rodolfo Fioranelli  


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