AMBIENTE

23 de Enero de 2024

Trabajadores de Parques Nacionales y Ambientalistas, contra la Ley Ómnibus de Milei

“La degradación ambiental implicaría un punto de no retorno”. El Parque Nacional Ciervo de los Pantanos de Campana y todos los de Argentina deben ser protegidos

La ASAC (Asamblea Socio Ambiental Campana ) comparte y hace suyo el justo reclamo de las y los trabajadores deParques Nacionales que elaboraron un documento para ser presentado ante el Congreso de la Nación en el marco del debate de la Ley "Ómnibus" de Milei , oponiéndose totalmente al mencionado proyecto de ley.

El documento en cuestión lleva el título de “Impacto del Proyecto de Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos (Ley Ómnibus) en temáticas ambientales “

En lo central les trabajadores de Parques Nacionales sostienen que: “nos dirigimos a las y los representantes del pueblo argentino en virtud de nuestra responsabilidad como trabajadoras y trabajadores de la conservación del patrimonio natural y cultural, y promoción de la naturaleza, para expresar nuestro rechazo y profunda preocupación a las modificaciones propuestas en materia de legislación ambiental en el Proyecto de Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos presentado para su tratamiento al Congreso de la Nación (Ley “Ómnibus”).”

“Las propuestas significan una grave regresión en la legislación ambiental argentina. Esta desregulación en la normativa ambiental es una violación al Principio de NO regresión ambiental y progresividad contenido en el Acuerdo Internacional de Escazú, y al Principio de Progresividad de la Ley General del Ambiente. Además, echa por tierra el trabajo que tomó alcanzar consensos entre muy diversos actores sociales para establecer los presupuestos de protección mínimos que debe garantizar el Estado Nacional y las provincias en base a la Constitución Nacional y a los diversos acuerdos internacionales suscriptos por la Argentina en materia de derechos humanos y ambientales.”

 

“El Decreto de Necesidad de Urgencia y la Ley ómnibus son manifiestamente inconstitucionales ya que, entre otros derechos, violan el derecho fundamental vinculado con el ambiente, reconocido en el artículo 41 de nuestra Constitución. Este artículo obliga al Estado a garantizar el derecho a un ambiente sano, equilibrado y compatible con el desarrollo de actividades productivas que satisfagan necesidades básicas de nuestra población. En particular las modificaciones propuestas en el capítulo ambiental lejos de establecer mejoras en la fiscalización y control del Estado, en los beneficios económicos de la protección de servicios ecosistémicos o en el desarrollo de las economías regionales y las industrias sostenibles; desregulan la legislación para el beneficio del extractivismo a corto plazo.”

“La degradación ambiental que se habilitaría de aprobarse las propuestas sería sin precedentes, ya que implicarían un punto de no retorno para la funcionalidad ecológica de ecosistemas únicos en el mundo. Las pérdidas no solo serán en la calidad del ambiente y de la vida de los argentinos y argentinas lesionando derechos humanos consagrados en la Constitución Nacional, sino que también se expondría al país al incumplimiento de una diversidad de compromisos internacionales respecto a la mitigación de los efectos del cambio climático, la protección de la biodiversidad y de los bienes comunes naturales y socio culturales pudiendo quedar a merced de sanciones económicas internacionales. “

(...)

“Las áreas naturales protegidas por la normativa ambiental no son sitios únicamente de belleza escénica destinados a la contemplación, sino que son parte del territorio productivo del país. Las trabajadoras y trabajadores de la conservación del patrimonio natural y cultural, y promoción de la naturaleza, personal técnico profesional y científico en carteras ambientales de Nación, Provincias, Municipios, institutos de investigación y organizaciones civiles, estamos capacitados para diseñar y llevar adelante programas de gestión y conservación del patrimonio natural y cultural, participativamente y en armonía con políticas públicas de aprovechamiento de recursos, en forma racional y sostenible. Las modificaciones propuestas a las leyes desconocen la diversidad de experiencias y capacidades con las que contamos en nuestro país, y no contemplan las consecuencias negativas de su implementación. El desarrollo de un país tan extenso y diverso como Argentina tiene que lograrse en forma compatible con la conservación de sus riquezas y bienes comunes en el largo plazo. “

 

En línea con lo hasta aquí expresado, la ASAC quiere destacar que el PN Ciervo de los Pantanos (ubicado en el Partido de Campana) es el único de acceso público en la pcia. de Buenos Aires y uno de los solo dos Parques de la provincia, por lo que se hace más imperioso aun su defensa por parte de nuestra comunidad.

 

ASAC

Asamblea Socio Ambiental Campana

 

Campana, enero 2024  

 


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