El Ministerio de Salud presentó el borrador de la nueva reglamentación de la ley a organizaciones, médicos y científicos. En este artículo recordamos la lucha de la pequeña Sara junto a su mamá Celeste acompañadas por el Dr. Nadir Graciadio y también la compleja realidad que atraviesan familias campanenses para poder conseguir el aceite. Hoy sueñan con un proyecto de ley superador, el cual podría ejecutarse en este año 2020.
Tres años y algunos meses después de la sanción de la ley que permite el uso medicinal de la marihuana en Argentina, los usuarios que hasta ahora debían moverse en la sombra de la clandestinidad a riesgo de ir presos recibirán la noticia que tanto esperaban: el Gobierno permitirá finalmente que los usuarios terapéuticos puedan cultivar en sus hogares la planta de cannabis, además de habilitar su expendio en farmacias y proyectar cultivos y producción pública.
Es una noticia que cambia el paradigma y el escenario después de 80 años de prohibición global y total. La comunicó en una reunión virtual Ginés González García a organizaciones cannábicas, médicos, docentes y científicos que integran el Consejo Consultivo Honorario. El ministro de Salud de la Nación les presentó el borrador de la nueva reglamentación de la ley, que contemplará la mayoría de los pedidos de los usuarios. Y anulará la redactada por la administración del gobierno anterior, que había sido muy criticada por no resolver la demanda de los pacientes.
La novedad más importante que contiene este borrador (que aprobará el consejo consultivo antes de seguir su curso hacia la firma del presidente Alberto Fernández y la publicación en el Boletín Oficial) es, sin dudas, el reglamento del artículo 8 de la ley 27.350, que incluye la autorización del cultivo personal y en red para los usuarios, investigadores y pacientes que se registren en el Programa de Cannabis (REPROCANN).
Los límites en la cantidad de plantas permitidas en cada hogar o en las sedes de las organizaciones para los cultivos “en red” se conocerán recién cuando la cartera sanitaria redacte las resoluciones particulares, pero también será materia de discusión durante las reuniones que se desarrollen en los próximos días.
No obstante, la preocupación de las autoridades del REPROCANN está puesta no tanto en la cantidad sino en la calidad de lo que produzcan estos cultivos. “La idea es controlar el producto final”, advirtió uno de los funcionarios responsables, que reconoció que la gratuidad total es un problema a la hora de generar accesos. En este punto el borrador también se aclara que estará contemplada “la protección de confidencialidad de datos personales”.
Esto no significa que cualquiera va a poder tener plantas de cannabis en sus casas pero sí que podrán entrar en el circuito de legalidad todos los cultivadores solidarios, familias y agrupaciones que, sin respuestas del Estado desde 2017, sostenían con mucha dificultad (por el riesgo de ir presos y los problemas para conseguir, por caso, semillas) la demanda de los usuarios, cuyo crecimiento fue exponencial en los últimos tres años.
Hasta ahora, tener semillas y plantas en el ámbito privado, aun para consumo personal y terapéutico, está penado por la ley de drogas con hasta 15 años de prisión. Al menos en el ámbito medicinal, esta decisión reglamentaria significará el fin de la criminalización de pacientes y cultivadores solidarios.
Otra de las novedades importantes que trae la reglamentación modelo 2020 es la posibilidad para los usuarios no sólo de importar productos medicinales de cannabis, que ya estaba permitido aunque solo para las epilepsias refractarias y vía ANMAT, sino también a partir del expendio en farmacias habilitadas para producir “formulaciones magistrales”, como aceites, tinturas o cremas.
“Los pacientes que no estén inscriptos en el Programa, pero que tuvieren como prescripción médica el uso de la planta de cannabis y sus derivados y su patología esté contemplada por el Programa, podrán adquirirlo a través de la importación de especialidades farmacéuticas o por formulaciones magistrales elaboradas por farmacias habilitadas a tal fin”, dice el texto borrador.
Además, cortará el límite que imponía el modelo del gobierno de Mauricio Macri respecto de las patologías habilitadas para el tratamiento. A partir de la publicación de la nueva normativa ya no sólo tendrán el permiso los pacientes con epilepsias refractarias sino también el resto, cualquiera sea que obtenga efectos positivos. En el borrador se amplía el artículo 3 “a las personas a las cuales se les prescriba como modalidad terapéutica el uso de la planta de cannabis y sus derivados”.
El Estado sí garantizará la provisión gratuita para quienes no tengan obra social o cobertura de salud privada, y a los inscriptos en programas específicos de organizaciones públicas, algo que sí ocurría actualmente pero con poco éxito, al ser exclusivo para epilepsia refractaria y al no tener promoción ni campañas públicas, apenas consiguió que se inscriban para el tratamiento “de investigación” menos de 300 pacientes. De hecho, el año pasado el Estado, después de rebajar el Ministerio de Salud a Secretaría, redujo el presupuesto para el Programa Nacional de Cannabis, al que le destinó menos de 1.000 pesos por día.
Desde el Ministerio plantearon que en la reglamentación nueva se incluirá la promoción de programas de extensión universitaria vinculados al cannabis medicinal, el testeo de sustancias y cultivos experimentales para fortalecer la investigación y el acceso. Y que la cartera podrá articular acciones y firmar convenios con instituciones académico científicas, organismos públicos, privados y organizaciones no gubernamentales.
Según anunciaron, se propiciará el cultivo estatal y se le dará prioridad a la producción en laboratorios públicos, algo que varias provincias venían pidiendo, en especial desde hace varios años Santa Fe. Y que, en los últimos meses, también empezó a proyectar el gobernador de Buenos Aires, Axel Kicillof.
“El Estado Nacional brindará colaboración técnica que impulse la producción pública de cannabis en todas sus variedades y su eventual industrialización para su uso medicinal, terapéutico y de investigación en los laboratorios de Producción Pública de Medicamentos. La dispensación del producto se realizará a través del Banco Nacional de Drogas Oncológicas y/o en las farmacias habilitadas por el Programa”, detalla el borrador.
Salud nacional será responsable de garantizar los insumos necesarios para facilitar la investigación médica y/o científica de la planta de cannabis y fomentará y priorizará, en vistas de la eficiencia en el uso de los recursos, a la producción regional y aquella realizada a través de los laboratorios públicos nucleados en la Agencia Nacional de Laboratorios Públicos (ANLAP). En este sentido, el Gobierno le quita la exclusividad al INTA y al Conicet y, algo que se había reclamado desde un sector del Consejo Consultivo, abre el juego a las universidades de todo el país que hasta ahora fueron esencialmente quienes sostuvieron las redes de acceso a través de trabajos en conjunto con organizaciones cannábicas sin fines de lucro.
El caso de Celeste y la pequeña Sarita
En el año 2016 todo el distrito de Zárate se emocionó con la historia de Sara Isabella López, una pequeña que padece Síndrome de Sturge Weber, un trastorno vascular congénito caracterizado por un nevo facial en vino de Oporto, un angioma leptomeníngeo y complicaciones neurológicas (p. ej., convulsiones, déficits neurológicos focales, discapacidad intelectual).
Celeste encontró una manera de mejorarle la calidad de vida a su hija; el aceite de cannabis medicinal. El problema es que no podía acceder al producto porque no lo tenía permitido. Si, como leen, Sarita no tenía permitido mejorar su calidad de vida.
Fue así que desde el plano judicial la famila recibió el acompañamiento del Dr. Nadir Graciadio, quien presentó un recurso de amparo contra la obra social OSDE para destrabar el conflicto. Finalmente la resolución resultó favorable:
"En nuestro departamento judicial el Juzgado Federal de Campana, a cargo del Dr. Adrián González Charvay, tramitó el amparo “LOPEZ, ANDREA CELESTE (EN REP DE SU HIJA SARA ISABELLA) c/ OSDE s/AMPARO LEY 16.986 en donde se hizo lugar a la medida cautelar y posterior sentencia definitiva se le otorgó a la menor Sara Isabella López el medicamento denominado CHARLOTTE´S WEB HEMP EXTRACT IN OLIVE OIL DIETARY SUPPLEMENT".
Dicho fallo del año 2016, indicó el letrado Nadir Graciadio, "marcó el precedente más significtivo para la posterior recepción legislativa mediante la sanción y reglamentación de la Ley 27.350".
Familias de Campana también celebran el nuevo proyecto
El pasado 21 de junio desde este medio reflejamos la compleja situación de distintas familias campanenses que utilizan el aceite de cannabis para fines terapeúticos. Todxs coincidían en lo mismo, la ley aprobada en la era Macri y aun vigente, resulta insuficiente, ya que no permite el autocultivo y conseguir el producto se hace muy difícil. Además, muchas patologías no están incluidas dentro del actual programa (esto cambiará con el nuevo proyecto de ley).
"Vivimos en la clandestinidad todo el tiempo, solo queremos cuidar a nuestros seres queridos"
Mi nombre es Jesica Bianchini, tengo 36 años y soy mamá de Jano. Empezamos a utilizar el aceite cuando mi hijo cumplió los seis años y le diagnosticaron trastorno del espectro autista. Hace dos años que lo consume.
Consultada sobre la importancia del autocultivo, Jesica reflexionó que “al ser ilegal nos complica todo, uno tiene que vivir en la clandestinidad todo el tiempo, viviendo como un delincuente cuando lo único que hacemos es mejorar la calidad de vida de nuestros seres queridos, como no tenemos ley que nos ampare muchas personas no se animan a cultivar y caen en manos de los oportunistas que te venden aceite en el mercado negro y no sabes que es lo que te están dando por más que te hagan una cajita que te diga que contiene es una farsa, salvo que caigas en manos de las personas indicadas que son los cultivadores solidarios que siempre están dispuestos a dar una mano en todo, desde iniciar tu cultivo a donar el aceite”.
En la misma línea, Jesica Coinaski cuenta que utiliza el aceite de cannabis para su hijo Gael de 3 años desde hace un año. El pequeño sufre de diabetes tipo 1, es insulino dependiente. "Somos ilegales y nos tratan como si fuéramos narcotraficantes, la ley pena el cultivo de cannabis de la misma forma que el tráfico de cocaína, es una vergüenza, en la nueva gestión de gobierno se logró avanzar sobre la ley de cannabis medicinal para modificar algunos artículos y abarcar mas patologías, pero lamentablemente la pandemia llevó el foco hacia otro lado".
Resulta que en las últimas horas se conoció que la pandemia no ha impedido el avance desde el gobierno para consolidar una ley que contemple el autocultivo, la venta en farmacias, la producción en laboratorios públicos y la inclusión de muchas otras patologías en el programa vigente.
Argentina está muy cerca de dar un paso más en términos de inclusión social y también en cuestiones que hacen al derecho a la salud. Nuestro país no está muy lejos de convertirse en otra región de Latinoamérica en legalizar el autocultivo para fines medicinales. Esto es celebrado por un sin fin de organizaciones que vienen luchando desde hace décadas por esta causa. Abrazamos a Sarita, Jano, Gael y a todos los niñxs que padecen algún tipo de patología y que gracias al cannabis medicinal han podido de alguna u otra manera mejorar su día a día.
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