Lesa Humanidad

29 de Julio de 2020

Piden detalles sobre el alcance de la prisión domiciliaria de Di Nápoli

El pedido fue formulado por la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires. Además solicitaron que cuando el acusado se recupere de su cuadro de Covid 19 sea restituido a una unidad penitenciaria.

El pasado fin de semana se conoció la información sobre el resultado positivo en los análisis de Covid 19 que le practicaron al ex medico represor Omar Edgardo Di Nápoli, quien se encontraba alojado en la Unidad Nro. 34 de Campo de Mayo acusado por delitos de lesa humanidad.

En este marco, la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Provincia consideró excepcional el otorgamiento del beneficio de prisión domiciliaria al procesado por delitos de lesa humanidad Omar Edgardo Di Nápoli y pidió al Tribunal Oral Federal en lo Criminal Nro. 2 de San Martín “que aclare el alcance de la medida y que el imputado vuelva a la cárcel una vez que supere la enfermedad”.

Di Nápoli es uno de los presos por crímenes cometidos durante la dictadura cívico militar con Covid-19, razón por la cual la audiencia del juicio prevista para el pasado lunes fue suspendida y el TOF2 le otorgó el beneficio de la prisión domiciliaria, que ya le había sido revocado en instancias previas.

Fue a través de la Dirección de Querellas y la Dirección de Políticas Reparatorias que la Subsecretaría presentó un escrito en el que pidió que “se restituya el cumplimiento del encierro en prisión común, una vez superada la enfermedad que constituye un riesgo para la salud del imputado y por la cual se le ha otorgado la prisión domiciliaria”.
Por otra parte, también pidieron que se ordene el seguimiento estricto sobre el estado de salud del imputado y que se notifique a las partes sobre cualquier modificación en el cuadro clínico del imputado.

“Haberle otorgado la prisión domiciliaria no tiene fundamentos sanitarios que justifiquen la medida, como así tampoco que descarte infundadamente la aplicación del protocolo elaborado por el servicio penitenciario sobre los cuidados sanitarios de los internos contagiados por COVID – 19”, indicó la querella de la Provincia, a la vez que remarcaron el carácter “excepcional y provisorio” de la morigeración del encierro. Por eso advirtieron que la domiciliaria “dejará de tener razón de ser en el mismo momento que el aquel riesgo para la salud del imputado Di Napoli desaparezca”. En ese instante, el Tribunal deberá disponer que Di Napoli vuelva a cumplir el encierro en una unidad penitenciaria del SPF.


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