El juicio que tramitó en el Tribunal Oral Federal 2 de San Martín por crímenes de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico militar en el Arsenal Naval de Zárate arrojó un fallo con sabor a poco para quienes fueron acusados de vejaciones tales como torturas, violaciones, abusos sexuales, privaciones ilegítimas de la libertad, entre otras.
Con motivo de la pandemia por coronavirus, las ultimas audiencias se realizaron por vía remota. Hoy a las 16 hs. se leyó la sentencia por la cual los jueces Dres. Daniel Alberto Cisneros, Walter Antonio Venditti y Eduardo Guillermo Farah, pronunciaron el veredicto condenando a Santiago Omar Riveros (Subalterno a Jorge Bernardo en el Arsenal de Marina de Zárate), a la pena de dieciocho (18) años de prisión responsable de los siguientes delitos: violación (actualmente denominado abuso sexual agravado por mediar acceso carnal) cometida mediante fuerza e intimidación contra personas imposibilitadas de resistencia, agravado por el concurso de dos o más personas y por tratarse del encargado de la guarda de las víctimas, reiterado en tres oportunidades que concurren materialmente entre sí en perjuicio de: Teresa Di Martino, Catalina Martha Velazco, Hugo Luis Morini, de Eva Raquel Orifici y Lidia Ester Biscarte.
La condena para Jorge Bernardo (ex Director del Arsenal de Marina de Zárate), a la pena de veintidós (22) años de prisión por privación ilegítima de la libertad cometida por funcionario público en abuso de sus funciones agravada por el uso de violencia y amenazas en concurso real con imposición de tormentos agravado por tratarse la víctima de una persona perseguida políticamente, ambos reiterados en 20 (veinte) oportunidades que concurren materialmente entre sí cometidas en perjuicio de: Lidia Ester Biscarte; Eva Raquel Orifici; Teresa Di Martino; Catalina Martha Velazco; Hugo Luis Morini; Francisco José Bugatto; José Alí; Blanca Nelly Leonor Buda; Juan Evaristo Puthod; Luis Federico Bosnasco; José María Iglesias Fernández; Héctor Eduardo Parra Pizarro; Juan José Berninsone; Stella Maris Marinich; Martha Elena Endrizzi; Abel Ippoliti; Julio Camejo; Raúl Alberto Marciano; Luis Alberto Messa y Alberto Rubén Calvo; concurriendo los tormentos en forma ideal con el delito de violación (actualmente denominado abuso sexual agravado por mediar acceso carnal) cometida mediante fuerza e intimidación contra personas imposibilitadas de resistencia, agravado por el concurso de dos o más personas y por tratarse del encargado de la guarda de las víctimas, en perjuicio de: Lidia Ester Biscarte, Eva Raquel Orifici, Teresa Di Martino, Catalina Martha Velazco,Hugo Luis Morini, Eva Raquel Orifici, José Alí y Luis Alberto Messa.
Y absolvieron a Omar Edgardo Di Napoli (Médico de la Armada Argentina) de las demás condiciones personales ya enunciadas, -por el beneficio de la duda- en orden a los hechos cometidos en perjuicio de Raúl Alberto Marciano, Francisco José Bugatto, Luis Alberto Messa, Alberto Rubén Calvo, Lidia Ester Biscarte y José Ali. Asimismo se dispuso la inmediata libertad de Di Napoli, quien se encontraba en prisión domiciliaria producto de la pandemia de covid 19.
Desde la querella ya confirmaron que van a apelar el fallo que recae sobre el Dr. Omar Edgardo Di Napoli. Lo harán en noviembre, ya que tienen veinte días para hacerlo posteriormente a que los jueces del caso den los fundamentos de la sentencia, instancia que tiene fecha asignada para el 2 de noviembre.
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