Previa inscripción en el nuevo Registro del Programa de Cannabis (Reprocann), se autoriza el acceso al cannabis y sus derivados a través del autocultivo y el cultivo solidario. También se habilita la venta de aceites en las farmacias. El Estado impulsará la producción pública para usos medicinales y terapéuticos.
Tres años y algunos meses después de la sanción de la ley que permite el uso medicinal de la marihuana en Argentina, los usuarios que hasta ahora debían moverse en la sombra de la clandestinidad a riesgo de ir presos recibieron la noticia que tanto esperaban: el Gobierno legalizó finalmente el autocultivo para que los usuarios terapéuticos puedan cosechar en sus hogares la planta de cannabis, además de habilitar su expendio en farmacias y proyectar cultivos y producción pública.
Es una noticia que cambia el paradigma y el escenario después de 80 años de prohibición global y total. A mediados de agosto, el Ministro de Salud de la Nación Ginés González García le había adelantado la novedad a las organizaciones cannábicas, médicos, docentes y científicos que integran el Consejo Consultivo Honorario. El funcionario les presentó en aquel momento el borrador de la nueva reglamentación de la ley, que contempla la mayoría de los pedidos de los usuarios. Y anula la redactada por la administración del gobierno anterior, que había sido muy criticada por no resolver la demanda de los pacientes.
La novedad más importante que contiene la nueva ley es, sin dudas, el reglamento del artículo 8 de la ley 27.350, que incluye la autorización del cultivo personal y en red para los usuarios, investigadores y pacientes que se registren en el Programa de Cannabis (REPROCANN).
La norma establece además que las obras sociales, el Estado y las prepagas "garanticen" ese acceso. Según la reglamentación, en el caso de que los pacientes no se atiendan en el sistema público de salud, “la cobertura deberán brindarla las Obras Sociales y Agentes del Seguro de Salud del Sistema Nacional, las demás obras sociales y organismos que hagan sus veces creados o regidos por leyes nacionales, y las empresas o entidades que presten servicios de medicina prepaga”.
La nueva reglamentación promueve, además, “la creación de una red de laboratorios públicos y privados asociados que garanticen el control de los derivados producidos”. El texto sostiene que uno de los objetivos es promover las investigaciones clínicas y aquellas realizadas por “el Conicet, otros organismos de ciencia y técnica, Universidades, organizaciones de la sociedad civil, sociedades científicas, instituciones académicas, nacionales, provinciales y municipales, relacionadas con los fines terapéuticos y científicos de la planta de Cannabis y sus derivados”.
“Existen experiencias a nivel internacional que indican que, en un marco de seguridad y calidad, junto con el acompañamiento médico, se reducen los daños potenciales que el uso del Cannabis de un mercado no controlado puede producir”, sostiene el decreto.
El artículo 6 de la reglamentación establece que el Ministerio de Salud “creará las condiciones necesarias para garantizar el aprovisionamiento de los insumos necesarios y facilitar la investigación médica y/o científica” y se autoriza “a los fines de la investigación médica y/o científica, como así también de la producción” de cannabis al Inta y al Conicet.
“La Autoridad de Aplicación fomentará y priorizará, en vistas de la eficiencia en el uso de los recursos, a la producción regional y aquella realizada a través de los laboratorios públicos nucleados en la AGENCIA NACIONAL DE LABORATORIOS PÚBLICOS (ANLAP)”, agrega la reglamentación.
Es importante aclarar que esta nueva ley no genera la posibilidad de que cualquiera tenga plantas de cannabis en sus casas, pero sí que podrán entrar en el circuito de legalidad todos los cultivadores solidarios, familias y agrupaciones que, sin respuestas del Estado desde 2017, sostenían con mucha dificultad (por el riesgo de ir presos y los problemas para conseguir, por caso, semillas) la demanda de los usuarios, cuyo crecimiento fue exponencial en los últimos tres años.
Hasta ahora, tener semillas y plantas en el ámbito privado, aun para consumo personal, está penado por la ley de drogas con hasta 15 años de prisión. Al menos en el ámbito medicinal, esta decisión reglamentaria significa el fin de la criminalización de pacientes y cultivadores solidarios.
Argentina dio un paso más en términos de inclusión social y también en cuestiones que hacen al derecho a la salud. Nuestro país se convirtió en otra región de Latinoamérica en legalizar el autocultivo para fines medicinales. Esto es celebrado por un sin fin de organizaciones que vienen luchando desde hace décadas por esta causa. Abrazamos a Sarita, Jano, Gael y a todos los niñxs y adultxs que padecen algún tipo de patología y que gracias al cannabis medicinal han podido de alguna u otra manera mejorar su calidad de vida.
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