SALUD

03 de Agosto de 2021

Desde agosto aumentan las prepagas

En virtud de la resolución 2125 del Ministerio de Salud de fecha 30 de julio de 2021, se autoriza a todas las Entidades de Medicina Prepaga inscriptas en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (RNEMP) aumentos generales, complementarios y acumulativos de un NUEVE POR CIENTO (9%) a partir del 1º de agosto de 2021, esto a partir del dia 9 de agosto de 2021.

/ Por Dr. Ricardo Nadir Graciadio 

Asimismo la mencionada resolución autoriza a los Agentes del Seguro de Salud y las Entidades de Medicina Prepaga deberán incrementar los aranceles de las prestaciones médico-asistenciales brindadas a sus beneficiarios y usuarios por los prestadores en un NUEVE POR CIENTO (9%) a partir del 1º de agosto de 2021.

En Ministerio de Salud Nacional sostiene que en el delicado contexto actual de emergencia sanitaria sin precedentes, no cabe soslayar el rol y la función asistencial fundamental que desempeñan los prestadores de salud, a través de la atención directa de beneficiarios y usuarios, tanto de los Agentes del Seguro de Salud como de las Entidades de Medicina Prepaga. En este sentido, las entidades representativas, según el Ministerio de Salud, se encuentran en  estado crítico la mayoría de los prestadores y enfatizado la necesidad de incrementar los aranceles que perciben por las prestaciones que brindan, a fin de paliar dicha situación y garantizar su continuidad.

Que en dicho contexto y teniendo especialmente en cuenta los requerimientos del sector, con el fin de considerar la procedencia de dar curso a la autorización de un aumento, las áreas técnicas de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD han evaluado el incremento de costos sufrido por aquél desde la fecha del último aumento autorizado y concluyo la necesidad de autorizar el aumento de un 9% en el valor mensual de las facturas.-

Una medida a contramano del bolsillo de los afilados y usuarios de los agentes de salud. Los constantes aumento sin tener la debida relación con la mejora de la calidad del servicio de prestaciones de salud medico asistenciales que se brinda constituye una lenta y continúa constituye una lenta y continuada VIOLACION DE LOS MAS FUNDAMENTALES DERECHOS 

 


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